Es interesate como con las leyes, cuando se contrae una deuda, si esta es adquirida por partes iguales en una sociedad, esa deuda al dia del vencimiento de su plazo es exigible solidariamente, es decir que el acreedor puede exigir la cancelacion de la totalidad de la deuda a cualquiera de las partes involucradas(no vaya a ser que uno de los deudores diga "Yo pago MI parte!" eso a ningun acreedor le gustaria)
Llega el dia de hoy (14 de diciembre de 2008) cuando se hace exigible esa deuda, y quedo yo nuevamente como deudor estrella, otra vez se me cobra a mi una obligacion que recae un muchas otras partes no solo en uno de los socios.
Pues como me lo enseñaron, a lo hecho, pecho! Mi responsabilidad es muy clara y tengo todos mi papeles al dia y por eso tengo que estar orgulloso, pero el resto de la gente que? Voy a seguir siendo el responsable de por vida?
En este tema no hay cobros judiciales, embargos ni mucho menos carcel, pero si el dormir tranquilo. El resto de mis socios duermen tranquilos?
Deuda saldada al dia de hoy, queda una mas a 330 dias.
Leilui Nishmat Abi u mori, Itzjak ben Abraham Z"L
domingo, 14 de diciembre de 2008
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